Ley 4/2000 · Ley 4/2000, de 13 de noviembre, de Modernización y Desarrollo Agrario.
Ley 4/2000 ст. 77
CAPÍTULO IV
Artículo 77. Actualización.
El Gobierno de Cantabria, mediante Decreto dictado a propuesta del Consejero de Ganadería, Agricultura y Pesca, podrá actualizar las cifras límites señaladas para las sanciones previstas en los artículos 64 y 65 de la presente Ley.