Resolución de 28 de marzo de 2000 ст. 83
Sección 3
Artículo 83. El Secretario general.
1. El Secretario general del Banco de España es el Secretario del Consejo de Gobierno y de la Comisión Ejecutiva, conforme a los artículos 55 y 64 de este Reglamento Interno, siendo sustituido en esta función en caso de ausencia, vacante o enfermedad, por el Vicesecretario general.
2. Será de aplicación al Secretario General el régimen previsto en los artículos 69 a 75 del presente Reglamento Interno para los Directores generales, así como las limitaciones e incompatibilidades de estos últimos.
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