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Real Decreto 140/2001 · Real Decreto 140/2001, de 16 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

Real Decreto 140/2001 ст. 2

CAPÍTULO I

ДействуетОфициальный текст

Artículo 2. Fines.

Los fines fundamentales del Colegio serán, entre otros, los siguientes:

1. La ordenación, en el marco de las Leyes, del ejercicio de la profesión orientada a su perfeccionamiento y progreso al servicio de la sociedad.

2. La representación exclusiva de la profesión.

3. La defensa de los intereses profesionales de los colegiados, dentro del estricto respeto a la Constitución, al resto del ordenamiento jurídico, a la libertad de afiliación y acción sindical, y todo ello sin perjuicio de la competencia de la Administración pública por razón de la relación funcionarial.

4. La promoción de la profesión de ingeniero técnico de obras públicas, y del reconocimiento de su prestigio, dignidad y contenido esencial, velando por la deontología profesional del Ingeniero en el respeto a los derechos de los particulares.