Ley 3/2002 · Ley 3/2002, de 13 de junio, del libro.
Ley 3/2002 ст. 13
CAPÍTULO V
Artículo 13. Inspección.
1. La Consellería competente en materia de cultura realizará las funciones inspectoras en materia de Depósito Legal.
2. Los funcionarios designados para las labores de inspección gozarán a todos los efectos de la condición de autoridad en el ejercicio de tales funciones.