Ley 12/2001 ст. 118
CAPÍTULO XXIII
Artículo 118. Cuotas de la tasa por controles sanitarios de determinadas sustancias y sus residuos en productos de origen animal destinados al consumo humano.
La cuota de la tasa por controles sanitarios de determinadas sustancias y sus residuos, se determinará mediante la aplicación de los siguientes tipos de gravamen:
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