Ley 22/2003 · Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Ley 22/2003 ст. 16
SECCIÓN 2
Artículo 16. Formación de la sección primera.
Declarado el concurso o admitida a trámite la solicitud de la declaración, según los casos, el juez ordenará la formación de la sección primera, que se encabezará con la solicitud.
История изменений
- Vigente desde 2012-01-01