Ley 7/2002 · Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de protección contra la contaminación acústica.
Ley 7/2002 ст. 25
Sección 1
Artículo 25. Relación con los instrumentos de planeamiento urbanístico.
En los instrumentos de planeamiento urbanístico deberá contemplarse la información y las propuestas contenidos en los planes acústicos municipales. En defecto de éstos, los instrumentos de planeamiento urbanístico o territorial incorporarán un estudio acústico en su ámbito de ordenación mediante la utilización de modelos matemáticos predictivos que permitan evaluar su impacto acústico y adoptar las medidas adecuadas para su reducción.