Ley 6/2003 ст. 3
CAPÍTULO I
Artículo 3.
La dirección y coordinación de la asistencia jurídica a la Comunidad de Castilla y León corresponde a la Dirección de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León.
CAPÍTULO I
Artículo 3.
La dirección y coordinación de la asistencia jurídica a la Comunidad de Castilla y León corresponde a la Dirección de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León.