Ley 17/2003 ст. 16
CAPÍTULO IV
Artículo 16. Recursos económicos.
Constituyen los recursos económicos del Instituto Aragonés de Enseñanzas Artísticas Superiores:
a) Los que le sean asignados con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
b) Los productos y rentas de toda índole procedentes de sus bienes y derechos.
c) Los ingresos ordinarios y extraordinarios que legalmente esté autorizado a percibir.
d) Las subvenciones, legados y aportaciones voluntarias de entidades y particulares.
e) Los créditos que se transfieran conjuntamente con servicios procedentes de otras Administraciones públicas.