Ley 6/2003 ст. 22
Sección 2
Artículo 22. Sujetos pasivos.
1. Son sujetos pasivos contribuyentes de la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten o provoquen las actuaciones administrativas que constituyen el hecho imponible.
2. Tendrán también la consideración de sujetos pasivos las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades carentes de personalidad jurídica que constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de tributación.
3. En la tarifa 41 contenida en el anexo 1 será sujeto pasivo sustituto del contribuyente la entidad aseguradora en cuyo registro de agentes figure inscrito el agente de seguros exclusivo, el operador de banca-seguros exclusivo o el cargo de administración y de dirección responsable de las actividades de mediación de seguros.
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