Ley 9/2010 ст. 13
CAPÍTULO V
Artículo 13. Mandato.
1. El mandato de las personas designadas, conforme a lo dispuesto en esta ley, lo será hasta la finalización de la legislatura de las Corts Valencianes en la que se produjo su designación. No obstante, los Senadores o las Senadoras en ejercicio deben continuar en sus funciones hasta la toma de posesión de quienes deban sustituirlos.
2. Si concluye la legislatura del Senado antes de que concluya la legislatura de Les Corts que designó las senadoras o los senadores, se entenderán confirmados en el cargo por el tiempo que quede de la legislatura de Les Corts.
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