Real Decreto 1619/2011 ст. 2
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Lo dispuesto en la presente norma es de aplicación a los títulos de la Iglesia Católica que se relacionan en el Anexo I, otorgados por los Centros Superiores de Ciencias Eclesiásticas de la Iglesia Católica situados en España o en el extranjero, que cumplan el procedimiento y los requisitos establecidos en el presente real decreto.