Ley 6/1998 · Ley 6/1998, de 13 de marzo, de Pesca Marítima.
Ley 6/1998 ст. 4
CAPÍTULO I
Artículo 4.
Las zonas que sean declaradas por el Gobierno Vasco áreas de reserva biológica, zonas vedadas, de arrecifes o zonas de especial protección se regirán por su norma reguladora.