Ley 16/2010 · Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de servicios sociales de Castilla y León.
Ley 16/2010 ст. 65
CAPÍTULO III
Artículo 65. Actuaciones de inscripción, autorización y acreditación.
Las actuaciones de inscripción en el Registro, autorización y acreditación, en los términos establecidos en el presente capítulo, se realizarán por la Administración de la Comunidad.