Orden PRE/910/2011 ст. 7
Artículo 7. Financiación y gastos de funcionamiento.
La constitución y funcionamiento de la Comisión Interministerial no implicará aumento de gasto público y serán atendidos con los medios materiales y personales de los Ministerios de Educación y de Trabajo e Inmigración. Las necesidades que se deriven de sus actuaciones serán atendidas con las consignaciones presupuestarias existentes.