Ley 6/2012 · Ley 6/2012, de 19 de junio, de juventud de Galicia.
Ley 6/2012 ст. 25
CAPÍTULO IV
Artículo 25. Definición y tipología.
1. A los efectos de esta ley, las actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil son las promovidas por personas físicas, asociaciones, entidades o empresas públicas y privadas que contribuyan al desarrollo integral de la infancia y de la juventud mediante la ejecución de un proyecto con una metodología educativa no formal de una manera lúdico-recreativa y formativa.
2. A los efectos de esta ley, las actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil comprenderán:
a) Las acampadas.
b) Las marchas volantes o rutas.
c) Los campamentos.
d) Los campos de trabajo.
e) Otras actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que reglamentariamente se considere que deban someterse a esta ley.
Estas actividades serán objeto de desarrollo reglamentario.
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