Real Decreto 1460/2012 ст. 39
CAPÍTULO VI
Artículo 39. Código Deontológico.
El Código Deontológico de la profesión, que aprobará la Junta General del COIN, con sujeción a las leyes, será de público conocimiento y accesible por vía electrónica a través de la página web del Colegio.