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Ley 3/1989 · Ley 3/1989, de 30 de mayo, de Armonización, Coordinación y Colaboración Fiscal.

Ley 3/1989 ст. 14

CAPÍTULO IV

ДействуетОфициальный текст

Artículo 14. Consultas vinculantes.

A efectos de conseguir la coordinación de los criterios que se sustenten por las Administraciones tributarias de los territorios históricos, las consultas vinculantes se evacuarán previo informe del Órgano de Coordinación Tributaria a que hace referencia el artículo 16.

Los informes remitidos así como las consultas evacuadas serán inscritas en un registro que se llevará en el Órgano de Coordinación Tributaria, dándosele la publicidad que el mismo determine.