Ley 4/2012 ст. 2
CAPÍTULO I
Artículo 2. Denominación y sede.
1. El Consejo tiene su sede en Bilbao.
2. El Pleno del Consejo podrá, no obstante, celebrar sesiones en cualquier territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
CAPÍTULO I
Artículo 2. Denominación y sede.
1. El Consejo tiene su sede en Bilbao.
2. El Pleno del Consejo podrá, no obstante, celebrar sesiones en cualquier territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.