Ley 5/2012 · Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria.
Ley 5/2012 ст. 76
CAPÍTULO XV
Artículo 76. Participación en asociaciones y organismos.
Las entidades de previsión social voluntaria podrán pertenecer a asociaciones y organismos nacionales e internacionales relacionados con la previsión social voluntaria y complementaria.