Resolución de 29 de marzo de 2012 ст. 1
ANEXO
1. Objeto.
El presente protocolo de detalle tiene como objeto establecer la metodología de coordinación y las obligaciones aplicables a los diferentes sujetos que actúan en el mercado de cisternas de gas natural licuado (GNL) con destino a las plantas satélite, a fin de asegurar la necesaria continuidad, calidad y seguridad del suministro.
A efectos del presente protocolo se distinguen dos tipos de plantas:
• Plantas satélite monocliente que alimentan a un único consumidor final.
• Plantas satélite de distribución que alimentan a una o varias redes de distribución.
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