Ley 10/2011 ст. 94
CAPÍTULO IV
Artículo 94. Modificación del artículo 52 de la Ley 11/2009.
Se modifica la letra a del artículo 52 de la Ley 11/2009, que queda redactada del siguiente modo:
«a) Una multa de 300 a 1.000 euros y, en caso de reincidencia en la comisión de faltas leves, de hasta 2.000 euros.»