Ley 5/2012 · Ley 5/2012, de 15 de junio, de bibliotecas de Galicia.
Ley 5/2012 ст. 18
CAPÍTULO I
Artículo 18. Servicios bibliotecarios móviles.
Los núcleos de menos de 2.000 habitantes podrán ser atendidos por servicios bibliotecarios móviles, que dependen de la biblioteca central territorial o de la biblioteca central municipal más próxima, y tienen como finalidad ofrecer el servicio de lectura pública en zonas donde no haya punto de servicio fijo.