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Decreto Legislativo 1/2014 · Decreto Legislativo 1/2014, de 6 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de tributos cedidos por el Estado.

Decreto Legislativo 1/2014 ст. 13

Sección 1

ДействуетОфициальный текст

Artículo 13. Tipo de gravamen reducido aplicable a la transmisión onerosa de inmuebles en la que los sujetos pasivos se acojan a la exención prevista en los números 20.º, 21.º y 22.º del apartado uno del artículo 20 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.

El tipo de gravamen aplicable a las transmisiones onerosas de inmuebles será del 4 % cuando concurran los siguientes requisitos:

a) Que sea aplicable a la operación alguna de las exenciones contenidas en los números 20.º, 21.º y 22.º del apartado uno del artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

b) Que el adquirente sea sujeto pasivo del impuesto sobre el valor añadido, actúe en el ejercicio de una actividad empresarial o profesional y tenga derecho a la deducción del impuesto sobre el valor añadido soportado por estas adquisiciones de acuerdo con lo dispuesto en el apartado dos del artículo 20 de la Ley 37/1992.

c) Que, con carácter previo o simultáneo a la entrega, se haga constar expresamente por parte del transmitente que, a pesar de poder acogerse a la renuncia de la exención que prevé el apartado dos del artículo 20 de la Ley 37/1992, opta por no renunciar a ella.