Ley 2/2015 ст. 39
TÍTULO IV
Artículo 39. Régimen.
La Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el uso de su potestad sancionadora, sancionará las conductas tipificadas como infracción en materia de defensa de los consumidores y usuarios, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que puedan concurrir.