Ley Foral 14/2015 ст. 39
Sección III
Artículo 39. Atención integral para víctimas de trata de mujeres.
La atención integral para víctimas de trata de mujeres comprenderá, al menos, asistencia psicológica, atención jurídica, tratamiento médico y medidas para asegurar la subsistencia y el asesoramiento en su propio idioma.