Ley 5/2014 · Ley 5/2014, de 26 de diciembre, de Vivienda Protegida de Cantabria.
Ley 5/2014 ст. 49
Sección 2
Artículo 49. Prescripción de las sanciones.
1. Las sanciones a que se refiere la presente ley prescribirán por el transcurso del plazo de cuatro años desde que adquieran firmeza en vía administrativa.
2. La prescripción de las sanciones se interrumpirá en los términos previstos en la legislación básica estatal.