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Orden HAP/1287/2015 · Orden HAP/1287/2015, de 23 de junio, por la que se determinan la información y procedimientos de remisión que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas tendrá con carácter permanente a disposición de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.

Orden HAP/1287/2015 ст. 13

CAPÍTULO V

ДействуетОфициальный текст

Artículo 13. Información relativa a las actuaciones en el ámbito internacional.

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1 del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, deberá informar, durante los cinco días siguientes a la finalización de cada trimestre del año natural, al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Central de información económico-financiera de las Administraciones Públicas, de todas las comunicaciones e intercambios de información que realice en el ámbito de sus relaciones institucionales según lo previsto en el artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre.