Ley 13/2015 · Ley 13/2015, de 24 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
Ley 13/2015 ст. 18
CAPÍTULO IV
Artículo 18. Declaración de obras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Se modifica el apartado 1 del artículo 28 de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, que queda redactado como sigue:
«1. Se declaran de interés de la Comunidad Autónoma de Galicia, en los términos en que reglamentariamente se determinen, las obras incluidas en el Plan gallego de abastecimiento y en el Plan gallego de saneamiento, a los que se refiere el artículo 34 de esta ley, así como las incluidas en el Plan hidrológico para la demarcación hidrográfica de Galicia-Costa, al que se refiere el artículo 75 de esta misma ley».