Ley 2/2016 ст. 5
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 5. No discriminación.
1. La Comunidad de Madrid reconoce a todas las personas libres e iguales ante la ley en dignidad y derechos, con independencia de su orientación sexual, su condición transexual, o de sus características sexuales.
2. Ninguna persona podrá ser objeto de discriminación por estos motivos.
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