Ley 2/2017 ст. 2
Artículo 2. Ámbito territorial.
El ámbito territorial de actuación del Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas que se crea mediante la presente Ley es el de la Comunidad de Madrid.
Artículo 2. Ámbito territorial.
El ámbito territorial de actuación del Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas que se crea mediante la presente Ley es el de la Comunidad de Madrid.