Orden CUD/769/2018 ст. 52
CAPÍTULO VI
Artículo 52. Resolución y pago de las ayudas.
1. En la propuesta de resolución definitiva se incluirá la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la ayuda y la cuantía de la misma.
2. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.
3. La ayuda se hará efectiva mediante un único pago tras la resolución de concesión.