Real Decreto 129/2018 ст. 13
Sección 3
Artículo 13. Desconcentración de servicios.
Dentro del ámbito de cada Colegio o Demarcación colegial podrán establecerse, con arreglo a las condiciones previstas en los respectivos Estatutos, las unidades administrativas necesarias para la más adecuada prestación de los servicios colegiales.