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Circular 2/2019 · Circular 2/2019, de 12 de noviembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología de cálculo de la tasa de retribución financiera de las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica, y regasificación, transporte y distribución de gas natural.

Circular 2/2019 ст. 3

CAPÍTULO II

ДействуетОфициальный текст

Artículo 3. Periodo de cálculo y fecha de cierre de los cálculos.

1. El periodo de cálculo será de seis años, consistente con la duración de los periodos regulatorios.

2. Para el periodo regulatorio que transcurre del año n al año n+5, la fecha de cierre de los cálculos será el 31 de diciembre del año n-3, y el periodo de cálculo abarcará del año n-8 al año n-3, ambos inclusive.

3. A los solos efectos de la metodología de cálculo del coste de la deuda del artículo 10, se utilizarán futuros referidos a los años n-2 a n+3, ambos inclusive.

История изменений
  • Vigente desde 2025-12-31