Ley 2/2020 ст. 26
CAPÍTULO V
Artículo 26. Prescripción de infracciones y sanciones.
Las infracciones y las sanciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves al año.
CAPÍTULO V
Artículo 26. Prescripción de infracciones y sanciones.
Las infracciones y las sanciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves al año.