Decreto Legislativo 1/2000 ст. 2
Texto refundido
Artículo 2. Escala de Funcionarios.
Existen dentro de los Cuerpos Superior Facultativo y Técnico las siguientes Escalas:
1.- Escala Superior de Salud Pública, Escala Técnica Superior y Escala Científica Superior, en el Cuerpo Superior Facultativo.
2.- Escala de Diplomados de Salud Pública, Escala de Arquitectos Técnicos e Ingenieros Técnicos y Escala Científica, en el Cuerpo Técnico.
История изменений
- Vigente desde 2003-04-01