Правовая библиотека и анализ дел · Австрия · Бельгия · Европейский союз
LAWxPERT Вход Бесплатная учётная запись

Ley 12/2002 · Ley 12/2002, de 3 de diciembre, de creación del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia.

Ley 12/2002 ст. 6

Capítulo II

ДействуетОфициальный текст

Artículo 6. Presidencia.

Presidirá el Instituto de la Mujer de la Región de Murcia quien ostente la titularidad de la Consejería competente en materia de mujer y tendrá las siguientes atribuciones:

a) Ostentar la representación del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia cuando no esté expresamente atribuida a otro órgano del Instituto.

b) Convocar las reuniones del Consejo Rector, fijar el orden del día y presidir y dirigir las deliberaciones del mismo y asumir cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Presidente del Consejo.

c) Elevar al Consejo de Gobierno las propuestas de acuerdos o proyectos normativos o de actuación que, con tal finalidad, apruebe el Consejo Rector del Instituto.

d) Velar por el cumplimiento de los acuerdos del Consejo Rector y de las normas que regulan el funcionamiento del Instituto.

e) Aquellas otras funciones que puedan serle atribuidas legal o reglamentariamente.