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Real Decreto 415/2026 · Real Decreto 415/2026, de 27 de mayo, por el que se regula la evaluación de tecnologías sanitarias.

Real Decreto 415/2026 чл. 21

CAPÍTULO IV

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Artículo 21. Cooperación voluntaria en la evaluación de las tecnologías sanitarias.

En relación con la cooperación voluntaria entre Estados miembros de la Unión Europea a la que se refiere el artículo 23 del Reglamento (UE) 2021/2282 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2021:

a) Corresponderá a las Oficinas la cooperación y el intercambio de información científica en los términos previstos en el Reglamento (UE) 2021/2282 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2021, en los aspectos relacionados con la evaluación y presentación de los informes, siempre de acuerdo con la política farmacéutica y de prestaciones del Ministerio de Sanidad;

b) corresponderá a la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia la cooperación y el intercambio de información sobre la adopción, toma de decisiones y política farmacéutica o de la prestación de servicios sanitarios, incluyendo el uso de tecnologías sanitarias después de su autorización por el procedimiento que les corresponda.