Decreto Legislativo 1/2004 Art. 205
CAPÍTULO XLIV
Artículo 205. Tarifas.
La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas:
Tarifa 01. Por la solicitud de autorización para la impartición de un certificado de profesionalidad completo: 300,00 euros.
Tarifa 02. Por la solicitud de autorización para la impartición de una unidad de competencia acreditable: 100,00 euros.