Decreto Legislativo 1/2004 Art. 206
CAPÍTULO XLV
Artículo 206. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tarifa la prestación de los servicios de registro y expedición de los certificados de profesionalidad y acreditaciones parciales acumulables regulados por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, así como la expedición de duplicados por causas no imputables a la Administración de dichos certificados o acreditaciones.