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Decreto Legislativo 1/2011 · Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas.

Decreto Legislativo 1/2011 Art. 240

Sección 2

In KraftAmtlicher Text

Artículo 240. Atribución de la gestión a uno solo de los cónyuges.

El cónyuge cuyo consorte se encuentre imposibilitado para la gestión del patrimonio común o cuando no sea él quien preste las medidas de apoyo a su consorte con discapacidad, podrá solicitar del Juez que se la confiera a él solo. El Juez podrá acceder a lo solicitado y señalar límites o cautelas a la gestión concedida, según las circunstancias.

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