Decreto Legislativo 1/2011 Art. 255
Sección 2
Artículo 255. Disposición por causa de muerte.
La disposición por causa de muerte mientras la masa común no haya sido dividida se regirá por lo dispuesto en el artículo 238.
Sección 2
Artículo 255. Disposición por causa de muerte.
La disposición por causa de muerte mientras la masa común no haya sido dividida se regirá por lo dispuesto en el artículo 238.