Decreto Legislativo 1/2011 Art. 291
CAPÍTULO III
Artículo 291. Transformación del usufructo.
El viudo usufructuario y los nudo propietarios pueden pactar la transformación, modificación y extinción del usufructo como estimen oportuno.
CAPÍTULO III
Artículo 291. Transformación del usufructo.
El viudo usufructuario y los nudo propietarios pueden pactar la transformación, modificación y extinción del usufructo como estimen oportuno.