Decreto Legislativo 1/2011 Art. 317
CAPÍTULO I
Artículo 317. Modos de delación.
1. La sucesión se defiere por pacto, por testamento o por disposición de la ley.
2. Los distintos modos de delación son compatibles entre sí.
CAPÍTULO I
Artículo 317. Modos de delación.
1. La sucesión se defiere por pacto, por testamento o por disposición de la ley.
2. Los distintos modos de delación son compatibles entre sí.