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Decreto Legislativo 1/2011 · Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas.

Decreto Legislativo 1/2011 Art. 345

CAPÍTULO IV

In KraftAmtlicher Text

Artículo 345. Aceptación y repudiación parcial.

1. Es nula la aceptación o la repudiación parcial de la herencia o cuota de ella deferida al llamado.

2. El llamado por distintos modos de delación puede aceptar por un llamamiento y repudiar por otro.

3. El llamado simultáneamente como heredero y legatario puede aceptar por un concepto y repudiar por el otro.