Decreto-ley 3/2021 Art. 3
Artículo 3. Competencia.
De conformidad con lo señalado en el Decreto del Presidente del Gobierno de Aragón de 28 de mayo de 2021, la competencia para la instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las ayudas extraordinarias contempladas en este Decreto-ley corresponderá al Departamento de Hacienda y Administración Pública.