Real Decreto Legislativo 1175/1990 Art. 01
DIVISIÓN 0
Agrupación 01. Doctores y Licenciados en Ciencias Biológicas, Ingenieros Agrónomos y de Montes.
Grupo 011. Doctores y Licenciados en Ciencias Biológicas.
Cuota de: 22.253 pesetas. (133,74 euros)
Grupo 012. Ingenieros Agrónomos y de Montes.
Cuota de: 33.638 pesetas. (202,17 euros)
Grupo 013. Veterinarios.
Cuota de: 34.880 pesetas. (209,63 euros)
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 1996-01-01