Real Decreto Legislativo 1175/1990 Art. 02
DIVISIÓN 0
Agrupación 02. Ingenieros Técnicos Agrícolas y Forestales, Técnicos en Biología, Agronomía y Silvicultura y otros técnicos similares.
Grupo 021. Técnicos en Biología, Agronomía y Silvicultura.
Cuota de: 19.665 pesetas. (118,19 euros)
Grupo 022. Ingenieros Técnicos Agrícolas e Ingenieros Técnicos Forestales.
Cuota de: 21.942 pesetas. (131,87 euros)
Grupo 023. Ingenieros Técnicos Topógrafos.
Cuota de: 22.563 pesetas. (135,61 euros)
Grupo 024. Auxiliares y Ayudantes en Veterinaria (Sexadores de pollos, Castradores, etc.).
Cuota de: 20.907 pesetas. (125,65 euros)
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 1996-01-01