Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Real Decreto Legislativo 1175/1990 · Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Real Decreto Legislativo 1175/1990 Art. 86

DIVISIÓN 8

In KraftAmtlicher Text

Agrupación 86. Alquiler de bienes inmuebles.

Grupo 861. Alquiler de bienes inmuebles de naturaleza urbana.

Epígrafe 861.1: Alquiler de viviendas.

Cuota nacional de: 0,10 por 100 del valor catastral asignado a las viviendas a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Notas:

1.ª El presente epígrafe comprende el alquiler, con o sin opción de compra, de toda clase de inmuebles destinados a vivienda.

2.ª Los sujetos pasivos cuyas cuotas por esta actividad sean inferiores a 100.000 pesetas (601,01 euros) tributarán por cuota cero.

Epígrafe 861.2: Alquiler de locales industriales y otros alquileres n.c.o.p.

Cuota nacional de: 0,10 por 100 del valor catastral asignado a los locales industriales y demás bienes comprendidos en este epígrafe a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Notas:

1.ª El presente epígrafe comprende el arrendamiento de terrenos, locales industriales, de negocios y demás bienes inmuebles de naturaleza urbana no clasificados en el epígrafe anterior.

2.ª Los sujetos pasivos cuyas cuotas por esta actividad sean inferiores a 100.000 pesetas (601,01 euros) tributarán por cuota cero.

Grupo 862. Alquiler de bienes inmuebles de naturaleza rústica.

Cuota nacional de: 0,10 por 100 del valor catastral asignado a los bienes de naturaleza rústica a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Notas:

1.ª El presente grupo comprende el alquiler con o sin opción de compra de toda clase de bienes inmuebles de naturaleza rústica.

2.ª Los sujetos pasivos cuyas cuotas por esta actividad sean inferiores a 100.000 pesetas (601,01 euros) tributarán por cuota cero.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 1996-01-01