Real Decreto 116/1990 Art. 3
Artículo 3.
La solicitud del certificado de aceptación de los teléfonos sin cordón se formulará según el modelo que se publica como anexo II del presente Real Decreto.
Artículo 3.
La solicitud del certificado de aceptación de los teléfonos sin cordón se formulará según el modelo que se publica como anexo II del presente Real Decreto.